lunes, 5 de diciembre de 2011

LEGISLACION EDUCATIVA

Es la forma en la que se concreta la idea que un partido político/sociedad tiene de la educación. Se concreta en reglamentos, como el Currículo. Todas las normas educativas tienen procedimientos de control que se aseguran de que se esté cumpliendo lo legislado. Es una forma de dar soporte jurídico a todo lo que se hace.
    Las políticas educativas tienen fines, intenciones, objetivos, etc, que se concretan en la legislación. La administración tiene que aplicar la legislación, gestionar los recursos, etc, y transformar toda esa legislación en las necesidades de los alumnos, procurando que se cumplan todos los fines y objetivos.
   Normalmente, todas las normas no tienen el mismo rango, hay unas que pertenecen al Estado y otras a las Comunidades Autónomas;
  •          Ley Orgánica: manda sobre el resto de leyes, para aprobarla se necesita la mayoría absoluta. Afecta a todo el territorio y solo se emite a través de las cortes.
  •          Ley Normal: para su aprobación no es necesaria la mayoría absoluta, solo mayoría simple. La puede emitir las cortes o las autonomías.
  •          Decreto Ley: es de corta duración, si las cortes no lo aprueban se tiene que quitar, es decir, se elabora y se pone en práctica y después pasa a las cortes, si estas lo aprueban sigue en vigor, si no, no.
  •          Real Decreto: está formado por el rey.
  •          Decreto: se aprueba en el consejo de gobierno.
  •          Resoluciones: las firma un director general.
  •          Instrucciones.

Anatomía de la ley
·         Preámbulo; por qué/ para qué se hace esa ley/orden/decreto.
·         Referencia normativa previa (se hace en referencia a otra ley/orden/decreto para ver que se reforma o completa).
·         Articulado (artículos necesarios)
·         Disposiciones adicionales, transitorias o finales (se completa, deroga y ponen excepciones)





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